Qué establece el Decreto 67
El Decreto 67 regula la evaluación, calificación y promoción de los estudiantes de educación básica y media en Chile. Su foco es que la evaluación esté al servicio del aprendizaje y que las decisiones de promoción se tomen con criterios claros y conocidos por la comunidad.
- Cada colegio debe tener un reglamento de evaluación propio, conocido por estudiantes y apoderados.
- La evaluación considera tanto lo formativo como lo sumativo.
- Las calificaciones se expresan en la escala 1,0 a 7,0 y los promedios se calculan según las ponderaciones definidas.
- Las decisiones de promoción consideran logros de aprendizaje, asistencia y otros criterios del reglamento.
Registro en la práctica
Para que el libro de clases digital refleje el reglamento del colegio, la configuración debe ser explícita. Estos son los puntos que los equipos UTP suelen definir a comienzo de año:
Ponderaciones
Peso de cada evaluación y del examen por asignatura y período (semestral o trimestral), tal como define el reglamento.
Tipos de evaluación
Evaluaciones sumativas y formativas, con registro de la calificación y su descripción.
Eximiciones
Registro de asignaturas eximidas según el reglamento, para que no distorsionen los promedios.
Situación final
Promedio final por asignatura y situación de promoción del estudiante, con los criterios del colegio.
Promoción y cierre de año
Al terminar el año, el libro de clases digital debe permitir obtener con un clic la información que el colegio necesita para las decisiones de promoción: promedios finales por asignatura, porcentaje de asistencia, situación de cada estudiante y los informes de rendimiento del curso.
DataEduc calcula los promedios según la configuración del colegio y entrega reportes de rendimiento, riesgo de repitencia y certificados para el cierre del año escolar.
Preguntas frecuentes
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